El Consejo de Ministros aprobó a inicios de mayo, vía Real Decreto Ley 4/2023, de 11 de mayo, una serie de medidas orientadas a evitar los accidentes laborales en los trabajos al aire libre que pueden verse afectados por fenómenos meteorológicos extremos, como olas de calor.

Esta medida fue avanzada por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien consideró relevante incorporar acciones concretas, de obligado cumplimiento, en las normas laborales para combatir esta situación “real” que ha provocado episodios graves entre trabajadores afectados, incluso llegando a producir casos de muerte. Fue el caso de un empleado de limpieza que falleció el pasado año en Madrid a causa de un golpe de calor provocado por las temperaturas extremas que se alcanzaron, o el de otro trabajador de 60 años que trabajaba en un campo de Murcia. Tras estos incidentes, los sindicatos han exigido un protocolo de seguridad y campañas de concienciación pública. De hecho, durante el verano de 2022 se registró un incremento de más de 4.800 muertes atribuibles a la temperatura a nivel nacional, según las estimaciones del sistema de monitorización de la mortalidad diaria del Instituto de Salud Carlos III.

En este sentido, la vicepresidenta anunció que se llevarán a cabo modificaciones legislativas en materia de prevención de riesgos laborales, entre las que se incluyen modificar el Real Decreto 486/1997 de seguridad y salud en los lugares de trabajo  para prohibir el trabajo al aire libre durante situaciones de alerta roja o naranja por altas temperaturas, decretadas por la AEMET (Agencia Estatal de Meteorología).

Siguiendo los umbrales establecidos por la AEMET para situaciones de altas temperaturas, el nivel naranja quedaría activado y el trabajo paralizado en exteriores siempre que se prevea alcanzar los 37º grados en los lugares más frescos del país (noroeste) y los 40 grados en los más calurosos, según el territorio.

Estas medidas se basarán en «una evaluación de riesgos laborales que tendrán en cuenta tanto las características de la tarea como las individuales de las personas trabajadoras». Así, en el caso de activarse las alertas de la AEMET, se hará obligatorio adaptar las condiciones de trabajo, incluyendo la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.

¿A qué trabajos afecta?

A todos aquellos que se desarrollen al aire libre y en lugares de trabajo que, por la actividad productiva, no puedan realizarse en un sitio cerrado. Así, se verán afectados sectores como el de la construcción, agricultores, jardinería, limpieza exterior, etc.

¿Qué deben hacer las empresas?

La legislación de PRL ya obligaba a los empresarios a garantizar la seguridad y salud de las personas trabajadoras. El decreto aprobado establece la necesidad de realizar una evaluación de riesgos laborales, de las que se derivarán medidas adecuadas que tengan en cuenta las características de la tarea, así como las individuales de las personas trabajadoras.

Las medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos que así lo requieran, sin perjuicio de la adopción de las medidas de protección individual que sean procedentes.

Cuando se emita por las agencias de meteorología un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo que determine que las medidas preventivas anteriores no garantizan la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista. Es decir, no será necesaria la parada de actividad siempre y cuando, en esas condiciones extremas, las medidas preventivas de la empresa sean suficientes para combatir el riesgo por calor, garantizando la seguridad y salud de todas las personas trabajadoras de su plantilla.

¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento?

Las sanciones establecidas en la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social) para las vulneraciones de la normativa de prevención de riesgos laborales pueden alcanzar en su grado máximo casi el millón de euros, 983.736 euros.

Además, el Ministerio de Trabajo ha advertido que lanzará campañas de la Inspección para vigilar las actuaciones de las empresas frente al calor extremo. Destaca también que las nuevas exigencias facilitarán la labor de este organismo, ya que las compañías deberán tener detalladas sus medidas para estos escenarios.