Han transcurrido ya dos años y medio desde que las empresas tienen la obligación de llevar un registro horario de su personal. Durante este tiempo, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha detectado más de 9.000 infracciones en este sentido y ha impuesto sanciones por un valor total superior a los 16 millones de euros. En este post de Conversia encontrarás más información sobre cómo se ha implantado esta normativa y las consecuencias que ha tenido.

Más de 7 millones de euros en 2020

Inspección de Trabajo ha impuesto más de 9.000 sanciones a las empresas y profesionales que no han cumplido con el Real Decreto-Ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. El artículo 10.2 del Capítulo 3 de este RDL modifica el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores de manera que la empresa debe garantizar “el registro diario de jornada que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo”.

A pesar de que la implantación de este control horario es obligatoria para todas las empresas, independientemente del tamaño que tengan, las autoridades han identificado varios tipos de infracciones, relacionadas tanto con la implantación del sistema, como con irregularidades en su desarrollo o seguimiento.

En el único año natural completo del que se tienen datos (2020), Inspección de trabajo impuso 4.120 infracciones por un valor superior a los 7 millones de euros. Esta cifra podría verse notablemente incrementada este año ya que en agosto de 2021 el Gobierno modificó la cuantía de las multas que puede imponer la Inspección de Trabajo a los negocios.

Incremento de la cuantía de las sanciones

La Ley 10/2021, de trabajo a distancia, sirvió también para modificar el importe máximo de las sanciones impuestas por la Inspección de Trabajo. De este modo, actualmente las empresas se enfrentan a multas que van desde los 70 a los 225.018 euros (antes de entre 60 a 187.515 euros); sin embargo, las más comunes en concepto de incumplimiento de registro horario se suelen enmarcar como una sanción grave y se sitúan en los 7.500 euros (antes 6.250).

Según destacan los sindicatos, las medianas y las grandes empresas son las que más han implantado el registro horario en su estructura. Los autónomos con trabajadores y las pequeñas empresas son las que más dificultades están teniendo en establecerlo.

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