El Gobierno ha aprobado un proyecto de ley para proteger a los denunciantes. Se trata de la transposición de una directiva europea llamada “Directiva Whistleblowing”, puesta en marcha en 2019, con la que se pretende proteger a las personas que denuncien posibles infracciones normativas.
Este proyecto de ley tiene como objetivo principal amparar a toda persona que informe sobre una infracción cometida en el seno de una organización, garantizando la protección y confidencialidad absoluta en el proceso.
Requisitos de obligado cumplimiento
La normativa afecta a todas las entidades jurídicas de los sectores público y privado. Con el objetivo de evitar represalias para los informantes, daños de reputación o pérdidas económicas, las empresas deben implementar un sistema de información seguro, legal y fácil que garantice la confidencialidad.
Sector privado:
- Personas físicas o jurídicas del sector privado a partir de 50 personas trabajadoras
- Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos
Sector público:
- Administración General del Estado, administraciones regionales y provinciales. La normativa europea permite a los estados miembros eximir de la obligación a los municipios de 10.000 habitantes o con menos de 50 personas trabajadoras, así como otras entidades del sector público con menos de 50 personas trabajadoras.
- Universidades públicas
- Corporaciones de derecho público y organizaciones dependientes de administraciones públicas
Medidas a aplicar
Protección del informante: prohibición de represalias (despidos, traslados, etc.) y medidas de apoyo (desde información y asesoramiento hasta ayuda financiera y psicológica – en casos graves-).
Protección del denunciante: se admite el derecho a la presunción de inocencia, al derecho de defensa y de acceso al expediente de las personas afectadas.
Canal de denuncias
Los sistemas de información internos que se establezcan deben satisfacer ciertas exigencias:
- Uso asequible
- Garantías de confidencialidad
- Prácticas correctas de seguimiento
- Investigación y protección del informante
- Acuse de recibo por parte de la empresa u organización en un plazo de 7 días, a partir de la recepción de la información
- Feedback sobre la resolución de la información en los 3 meses siguientes a haber interpuesto la denuncia
Designación de un responsable: el nuevo Proyecto de Ley apuesta por la designación de un responsable que gestione el sistema interno de información de principio a fin, desde la comunicación del informante hasta la depuración de responsabilidades. Esta función podrá llevarse a cabo tanto desde dentro de la propia entidad, o acudiendo a un tercero externo que facilite este proceso a las compañías con herramientas digitales de denuncia.
Régimen sancionador: multas de hasta 1 millón de euros
El régimen sancionador contempla, por ejemplo, amonestaciones públicas, la prohibición de obtener subvenciones o de contratar con la Administración Pública. Las multas económicas establecidas son:
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