El Gobierno ha aprobado un proyecto de ley para proteger a los denunciantes. Se trata de la transposición de una directiva europea llamada “Directiva Whistleblowing”, puesta en marcha en 2019, con la que se pretende proteger a las personas que denuncien posibles infracciones normativas.  

Este proyecto de ley tiene como objetivo principal amparar a toda persona que informe sobre una infracción cometida en el seno de una organización, garantizando la protección y confidencialidad absoluta en el proceso.

Requisitos de obligado cumplimiento

La normativa afecta a todas las entidades jurídicas de los sectores público y privado. Con el objetivo de evitar represalias para los informantes, daños de reputación o pérdidas económicas, las empresas deben implementar un sistema de información seguro, legal y fácil que garantice la confidencialidad.

Sector privado:

  • Personas físicas o jurídicas del sector privado a partir de 50 personas trabajadoras
  • Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que reciban o gestionen fondos públicos

Sector público:

  • Administración General del Estado, administraciones regionales y provinciales. La normativa europea permite a los estados miembros eximir de la obligación a los municipios de 10.000 habitantes o con menos de 50 personas trabajadoras, así como otras entidades del sector público con menos de 50 personas trabajadoras.
  • Universidades públicas
  • Corporaciones de derecho público y organizaciones dependientes de administraciones públicas

Medidas a aplicar

Protección del informante: prohibición de represalias (despidos, traslados, etc.) y medidas de apoyo (desde información y asesoramiento hasta ayuda financiera y psicológica – en casos graves-).

Protección del denunciante: se admite el derecho a la presunción de inocencia, al derecho de defensa y de acceso al expediente de las personas afectadas.

Canal de denuncias

Los sistemas de información internos que se establezcan deben satisfacer ciertas exigencias:

  • Uso asequible
  • Garantías de confidencialidad
  • Prácticas correctas de seguimiento
  • Investigación y protección del informante
  • Acuse de recibo por parte de la empresa u organización en un plazo de 7 días, a partir de la recepción de la información
  • Feedback sobre la resolución de la información en los 3 meses siguientes a haber interpuesto la denuncia

Designación de un responsable: el nuevo Proyecto de Ley apuesta por la designación de un responsable que gestione el sistema interno de información de principio a fin, desde la comunicación del informante hasta la depuración de responsabilidades. Esta función podrá llevarse a cabo tanto desde dentro de la propia entidad, o acudiendo a un tercero externo que facilite este proceso a las compañías con herramientas digitales de denuncia.

Régimen sancionador: multas de hasta 1 millón de euros

El régimen sancionador contempla, por ejemplo, amonestaciones públicas, la prohibición de obtener subvenciones o de contratar con la Administración Pública. Las multas económicas establecidas son:

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