A finales de junio entró en vigor la Cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Esta nueva directiva de la Unión Europea pretende reformar la normativa que ha estado vigente hasta el momento, con tal de mejorar la transparencia, evitar la elusión fiscal y establecer unas normas más rigurosas en materia de blanqueo de capitales.
La Cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales
El objetivo de la Cuarta Directiva es endurecer la normativa válida hasta el momento en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Algunos de los cambios más relevantes que recoge son:
- Refuerza la obligación de realizar una evaluación de riesgos a los profesionales de la banca, abogacía, contabilidad, etc.
- Establece requisitos de transparencia a las empresas sobre su titularidad real. Asimismo, fija que esta información debe conservarse en un registro central y debe estar disponible para las autoridades nacionales.
- Fomenta la cooperación y el intercambio de información financiera entre Estados Miembros para poder detectar transferencias de dinero sospechosas.
- Fija unas directrices a seguir respecto a terceros países en los que la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo son insuficientes.
- Refuerza las facultades sancionadoras de las autoridades competentes.
Informe sobre la Evaluación Supranacional de Riesgos
En el mismo sentido, la Comisión Europea también ha procedido a la publicación del Informe sobre la Evaluación Supranacional de Riesgos, un instrumento destinado a los Estados Miembros para determinar, analizar y abordar los peligros que suponen el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. En este informe se determina cuáles son los sectores de más riesgo y qué técnicas son utilizadas con más frecuencia por los delincuentes para blanquear fondos ilícitos. También incluye un estudio sobre los riesgos existentes en los sectores financiero y no financiero y se examinan los nuevos riesgos emergentes, tales como las monedas virtuales o las plataformas de microfinanciación.
Revisión de ordenamientos jurídicos y Quinta Directiva
Queda claro que una de las principales prioridades de la Comisión Juncker es luchar contra el blanqueo y la financiación del terrorismo. La Cuarta Directiva fue aprobada en mayo de 2015 y los Estados Miembros disponían de plazo para incorporarla en su ordenamiento jurídico hasta el 26 de junio de 2017, fecha en la que entró en vigor. Ahora, la Comisión Europea se dirigirá sin dilación a los Estados que aún no hayan tomado las medidas necesarias.
Asimismo, la Comisión también procederá a realizar las acciones descritas en el Informe sobre la Evaluación Supranacional de riesgos y presentará una nueva evaluación de esos riesgos en junio de 2019 y cada dos años a partir de entonces.
Sin embargo, en estos momentos ya se está discutiendo la propuesta de Quinta Directiva para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en el Parlamento Europeo y el Consejo, procedimiento que se encuentra ya muy avanzado.
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