A consecuencia de la oleada de atentados terroristas ocurrida en Europa desde 2015, la Unión Europea ha ido endureciendo la normativa relacionada con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Por este motivo las Directivas en esta materia se ven continuamente reformadas y sustituidas por nuevos preceptos. En este post de Conversia te explicamos la última Directiva aprobada por la Unión Europea en referencia a esta materia.
Lucha contra el blanqueo de capitales y financiación del terrorismo
Los ministros de Justicia de la Unión Europea aprobaron, el pasado 11 de octubre, una nueva Directiva para luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Ésta tiene por objetivo dificultar el acceso de los delincuentes y terroristas a recursos financieros obtenidos de forma ilegal y complementa, en los aspectos relacionados con el Derecho penal, la Directiva adoptada en mayo de 2018, de la que hablamos en este post de Conversia.
Una de las principales novedades de esta nueva normativa, aprobada el pasado octubre, es la incorporación de penas de hasta cuatro años de cárcel o de sanciones que impidan acceder a fondos públicos. Asimismo, se aplicarán circunstancias agravantes a aquellos casos vinculados a organizaciones delictivas o por delitos cometidos en el ejercicio de determinadas actividades profesionales.
Con esta Directiva, la Unión Europea espera que se eliminen los obstáculos de cooperación judicial y policial transfronteriza entre estados, gracias a las disposiciones comunes, así como impedir que se utilice el sistema financiero para la financiación de actividades delictivas y para la ocultación de fondos a gran escala.
Las principales novedades de esta Directiva
Entre las nuevas medidas adoptadas en esta Directiva, encontramos:
- Fijación de unas normas mínimas para clasificar los delitos penales y las sanciones relativas al blanqueo de capitales. Por esto, será posible castigar las actividades de blanqueo de capitales con penas de cárcel de una duración máxima de cuatro años. Asimismo, los jueces podrán imponer sanciones y medidas adicionales como multas u otras como, por ejemplo, la exclusión temporal o permanente de acceso a la financiación pública o la prohibición de acceder a cargos públicos a aquellos que hayan sido condenados por blanqueo de capitales. Además, se aplicarán circunstancias agravantes a los casos vinculados a organizaciones delictivas o por delitos cometidos en el ejercicio de determinadas actividades profesionales.
- Posibilidad de considerar a las personas jurídicas como responsables de determinadas actividades del blanqueo de capitales. De este modo, las personas jurídicas podrán enfrentarse a diferentes sanciones como, por ejemplo, exclusión de las ayudas públicas, sometimiento a vigilancia judicial o cierre por orden judicial, entre otras.
- Eliminación de los obstáculos para la cooperación judicial y policial transfronteriza mediante la instauración de disposiciones comunes para mejorar las investigaciones. En los casos transfronterizos, las nuevas normas determinan qué Estado miembro tiene la jurisdicción y cómo han de cooperar los Estados Miembro afectados, así como de qué manera participará Eurojust, el órgano de coordinación judicial europeo.
2 años para la adopción de la Directiva
Esta nueva Directiva deberá ser adoptada por las legislaciones nacionales de los Estados Miembro en un plazo máximo de 24 meses desde su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Cómo ya informábamos al principio de este post, las Directivas europeas en materia de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo se ven continuamente reformadas y sustituidas por nuevos preceptos, a causa del contexto que vivimos, en referencia a atentados terroristas. Descubre gracias a esta infografía de Conversia los cambios qué se han producido en los últimos años.
Descubre más noticias sobre prevención de blanqueo de capitales en este blog de Conversia.
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