El Ministerio de Trabajo ha alcanzado un acuerdo con empleadores y sindicatos para combatir la discriminación hacia las personas LGTBIQ+ en las empresas. Entre las medidas se encuentra la creación de protocolos contra el acoso y la implementación de formación en igualdad y no discriminación en los centros de trabajo. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció el acuerdo alcanzado en la mesa de diálogo social, señalando que España será el primer país en tener una normativa de este tipo.

El Ministerio de Trabajo ha especificado que, una vez entre en vigor este reglamento, las empresas con más de 50 personas trabajadoras deberán implementar medidas para asegurar la igualdad real y efectiva de las personas trans y proteger los derechos de las personas LGTBIQ+. Además, en empresas con convenios vigentes, se deberá abrir una negociación para incluir estas medidas. Según ha detallado Trabajo, el acuerdo contempla también un protocolo de acompañamiento a las personas trans en el empleo, “una medida decisiva y pionera para el colectivo”.

También se plantean medidas concretas respecto a los procesos de selección: “Las empresas contribuirán […] a erradicar estereotipos en el acceso al empleo de las personas LGTBIQ+, en especial, a través de la formación adecuada de las personas que participan en los procesos de selección”. Para tal fin el reglamento propone fijar “criterios claros y concretos” para garantizar un “adecuado proceso de selección y contratación”. La normativa también indica que “se promoverá la heterogeneidad de las plantillas para lograr entornos laborales diversos, inclusivos y seguros”, siendo un reflejo de la realidad social.

Protocolos de acoso

Será obligatorio establecer un protocolo contra el acoso y la violencia, identificando prácticas preventivas y mecanismos de detección y actuación frente al mismo. Asimismo, se ofrecerá formación en igualdad y no discriminación. La Inspección de Trabajo será la encargada de supervisar el cumplimiento de estas medidas y se contemplarán sanciones para las empresas que no acaten la norma.

El texto da desarrollo reglamentario al artículo 15 de la ley trans (aprobada en marzo de 2023), que obliga a las empresas a abordar la igualdad real y efectiva del colectivo LGTBIQ+ y establecer protocolos contra el acoso.

Plan LGTBIQ+ en empresas

Las empresas con más de 50 personas trabajadoras en plantilla deben disponer de un Plan LGTBIQ+, según lo establecido en la Ley 4/2023, más conocida como “Ley Trans”.

Además, las compañías con menos de 50 personas trabajadoras en plantilla y las administraciones públicas deben cumplir con una serie de medidas para garantizar y proteger los derechos del colectivo LGTBIQ+, con el fin de erradicar cualquier tipo de discriminación.

La Ley 4/2023 incluye una serie de sanciones para las empresas que vulneren los derechos del colectivo LGTBIQ+ que oscilan entre los 200€ y los 150.000€.

Además, el incumplimiento de la obligación de implantar un Plan LGTBIQ+ puede llevar aparejado sanciones accesorias, tales como:

  • Denegación, supresión, cancelación o suspensión, total o parcial de subvenciones.
  • Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública durante un período de hasta 3 años.
  • Prohibición de contratar con el sector público, de hasta 3 años.
  • Cierre de establecimientos, plazo máximo 3 años.
  • Cese en la actividad económica o profesional, plazo máximo 3 años.