El Consejo de Ministros aprobó el pasado 7 de marzo el anteproyecto de Ley Orgánica de Representación Paritaria de Mujeres y Hombres en órganos de decisión para garantizar la igualdad efectiva en el ámbito político, administrativo y empresarial.

Esta nueva ley está pensada para asegurar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, especialmente en puestos relevantes, tanto del sector público como del privado. Así, la igualdad deberá aplicarse en las listas electorales, sector público estatal, sociedades cotizadas, grandes empresas y colegios profesionales. Según la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, la representación igualitaria “debe estar en todos los lugares y, especialmente, donde se toman decisiones económicas y políticas”. En esta línea, la vicepresidenta primera del Gobierno, Nadia Calviño, señaló que con esta medida “se romperá el techo de cristal en los ámbitos público y privado, consolidando a España como uno de los países más avanzados en igualdad de género”.

Esta normativa responde a la directiva comunitaria que establece el objetivo del 40 % de presencia de mujeres en los órganos de dirección públicos y privados.

¿Cómo afectará a las empresas?

Las sociedades cotizadas deberán asegurar que sus consejos de administración estén formados por, al menos, un 40% de consejeras. La fecha límite para aplicarlo es el 1 de julio de 2024, si la ley no sufre modificaciones o retrasos en su aprobación. En los puestos de alta dirección, deberán ajustar los procesos de selección para que se alcance ese objetivo. Actualmente, la presencia de mujeres en los consejos de este tipo de sociedades no llega al 30% y está por debajo del 20% en los puestos de alta dirección.

La nueva regulación se aplicará también a las grandes empresas no cotizadas, que son aquellas con más de 250 personas trabajadoras o una cifra anual de negocios de más de 50 millones de euros. Estas compañías tendrán un plazo adicional, hasta julio de 2026, para cumplir con la norma.

El principio de representación equilibrada tendrá que cumplirse también en las juntas de gobierno de los colegios profesionales y en los tribunales, jurados de premios o reconocimientos públicos.

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